DENUNCIA PENAL CONTRA GERARDO MORALES, RIVAROLA Y FELLNER POR INCOMPATIBILIDAD DE NEGOCIOS EN LA FUNCIÓN PÚBLICA

El art. 265 del Código Penal expresa que el funcionario que intervenga por si, o por interpósita persona o por acto simulado en razón de su cargo, en miras de obtener un beneficio propio o ajeno será reprimido con prisión o reclusión de 1 a 6 años, se debe tenerse presente que la carga pública que demanda el cargo de diputado es incompatible con el ejercicio de cualquier otra actividad pública o privada, con excepción de la docencia tal como lo expresa la Constitución de la Provincia de Jujuy en su Art. 107.

Por incumplimiento de los deberes de funcionario público, malversación de fondos y enriquecimiento ilícito. El documento hace hincapié en manejos irregulares de fondos que llegaron de Nación para combatir la pandemia y que hoy presentan un destino desconocido.

Este miércoles, Fernando Iconomovic y Jorge Albesa, dos abogados del fuero local presentaron en la Justicia Federal una denuncia penal contra el gobernador Gerardo Morales y los diputados provinciales Rubén Rivarola y Liliana Fellner.

Una contratación del gobierno en plena pandemia, se encuentra entre el principal foco de cuestionamiento. Se trata del contrato celebrado entre el estado provincial por intermedio del titular del Ministerio de Salud, en carácter oneroso, con la empresa Mater NOA S.R.L.

Dicha empresa se encuentra representada por una gerencia unipersonal, encarnada en la persona Rubén Armando Rivarola, quien a su vez es miembro parlamentario de la Legislatura Provincial ejercitando el cargo de diputado por el partido Justicialista.

Según expone el Boletín Oficial con fecha 24 de Agosto del 2020, el estado provincial ha efectuado una contratación con MATERNOA S.R.L., por la suma de $ 57.888.000 por 32 camas por el periodos de 67 días para la atención integral y específicas a pacientes de COVID-19 (leves y moderados) de obras sociales reconocidas por leyes nacionales y/o provinciales que el Ministerio de Salud derivare a la Clínica Nuestra Señora de Fátima de Palpalá.

Además del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, según los abogados existen otros hipotéticos delitos, como por ejemplo la malversación de fondos públicos.

Exponen que tanto la Constitución Nacional Argentina como también la Constitución de la Provincia establecen y garantizan el derecho de igualdad de todos los ciudadanos y habitantes del suelo argentino y en particular el jujeño. Señalan con esto que, el estado provincial ha contratado camas en el sistema privado de salud para la atención de pacientes con covid-19 pero que tengan obras sociales. Es decir que la provincia ha pagado camas no para garantizar la salud pública sino para garantizar el patrimonio privado de unos cuantos en perjuicio de la salud de los habitantes de la provincia que no tiene la posibilidad de contar con una obra social.

De los presentes hechos se desprende además el delito enriquecimiento ilícito. Los letrados remarcan que a la clínica Nuestra Señora de Fátima se le está pagando la suma de $57.888.000 pura y exclusivamente para que atiendan pacientes cuyas camas y tratamientos serán abonados por sus respectivas obras sociales, es decir a la clínica se le abonará 2 veces un mismo servicio una primera vez a cargo de la provincia y otra segunda vez a cargo de las obra sociales respectivas de cada paciente que se interne.

Iconomovic y Albesa consideran que de lo denunciado respecto a Rivarola, le cabe la misma imputación a la diputada provincial Liliana Fellner, respecto del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, ya que no puede ni debe ejercer su profesión de manera particular ya que existe una incompatibilidad manifiesta en el ejercicio de un cargo público y el ejercicio de su profesión de manera liberal.

En síntesis, por lo que se puede apreciar de los distintos hechos hasta acá transcritos se han violado otra vez numerosos tipos penales, por funcionarios públicos pertenecientes al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo de la Provincia de Jujuy, quienes por su función no pueden ni deben excusarse en el desconocimiento del derecho por otro lado dado que poseen fueros, corresponde pedir los respectivos desafueros.

A raíz de este escandaloso hecho, quedaría aguardar y ser expectante de los tiempos que dispondría el poder Judicial en el tratamiento de esta denuncia, teniendo en cuenta que mientras se realizaban estas contrataciones, ya se registraban decesos de vidas humanas, víctimas de un sistema sanitario que hoy se encuentra colapsado ante la falta de una efectiva política sanitaria.

Fuente: Jujuy al Momento

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